El pago de las cuotas de las comunidades de vecinos es uno de los gastos fijos que cualquier propietario debe asumir y es una de las deudas más comunes a las que se enfrentan los compradores de viviendas. El aumento de la inflación, de los tipos de interés y de los costes hipotecarios han debilitado el poder adquisitivo de muchas personas, lo que inevitablemente ha llevado a un aumento de la deuda pública en los últimos años y de la morosidadde las comunidades de propietarios.
Este paulatino empobrecimiento de parte de la población, sumado al incremento de la deuda en las comunidades de propietarios, genera un ‘efecto dominó’ que también repercute en las operaciones inmobiliarias. De hecho, muchas personas, sin saberlo, se mudan a comunidades de vecinos llenas de deudas debido a que los anteriores propietarios vendieron su vivienda a pesar de tener pagos pendientes. Y, la pregunta es… ¿es eso legal?
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¿Es legal vender una propiedad con deudas?
Algunos propietarios ocultan deudas pendientes como facturas de suministros o derramas pasadas que se aprobaron para hacer frente a reformas en las zonas comunes de la comunidad. Lo hacen para poder vender su vivienda lo antes posible y ahorrarse esos gastos que, en algunos casos, son de pago obligatorio antes de completar la venta de la vivienda.
Sin embargo, no todos los gastos comunitarios son obligatorios, sino que estos se pueden diferenciar entre los ordinarios y los extraordinarios. Los primeros deberán abonarse ya que sirven para el mantenimiento del edificio y las zonas comunes; mientras que los últimos sólo serán de obligado cumplimiento en el caso de que vayan destinados a mejorar la accesibilidad o seguridad del edificio, por lo que, si sólo es para mejorar la apariencia de la construcción, los vecinos podrán negarse a pagarlos.
¿Qué dice la ley al respecto?
El marco jurídico para esta problemática lo determina laLey de Propiedad Horizontal, que exige que todos los propietarios paguen sus respectivas cuotas de la comunidad dentro de un período determinado, por lo que vender una propiedad adeudada no es legal.
En el caso de que existan deudas pendientes, el presidente de la comunidad deberá dar a conocer al futuro propietario el importe que queda por pagar. En estos casos, lo más habitual es que ambas partes, la vendedora y la compradora, lleguen a un acuerdo. Por ejemplo, que el vendedor se haga cargo de las deudas pendientes durante un tiempo o incluso rebajar el precio de venta de la vivienda si es el nuevo propietario el que se hace cargo de las deudas pendientes.
Si el vendedor no paga sus deudas con la comunidad, estas pasarán directamente a ser responsabilidad del nuevo propietario, ya que la adquisición de la vivienda viene con los pagos pendientes. Según la Ley de Propiedad Horizontal, esta persona deberá pagar los gastos de la comunidad de los últimos tres años antes de la compra más los del año en curso. Por tanto, para que esto no suceda, es recomendable que se solicite al vendedor que contrate un seguro de impago para que no surja ninguna sorpresa de última hora.
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