Condiciones adicionales a la hora de alquilar ¿legales o ilegales?

Aumenta la demanda de alquiler y por tanto los precios, en algunas de las ciudades más importantes de España. En Madrid y Barcelona los precios han aumentado en un 47,5% y un 38% respectivamente en un período de 5 años. La abundancia de arrendatarios hace que los arrendadores soliciten condiciones y garantías adicionales a la hora de alquilar. Algunas de ellas son más habituales, mientras que otras son bastante infrecuentes. Hoy repasamos algunas de ellas.

Rebajar el alquiler a cambio de reformas – LEGAL

Bajar el precio del arrendamiento a cambio de que el inquilino acometa reformas es una posibilidad que sí está contemplada en la ley del suelo. En estos casos, el arrendador suele garantizar al arrendatario un contrato de larga duración.

Pagar varios meses por adelantado – ILEGAL

La Ley de arrendamientos urbanos lo deja claro: en ningún caso se le podrá exigir al arrendatario el pago anticipado de más de una mensualidad de la renta. Sin embargo, en estos casos a veces puede haber confusión con otros requisitos, como puede ser el depósito o fianza.

El arrendador puede recuperar la vivienda en cualquier momento – ILEGAL

Los únicos casos en los que se podría romper un contrato que no ha sido incumplido es si el arrendador necesita recuperar la vivienda para vivir él o sus familiares, y en ningún caso para ponerla a la venta.

Solicitar excesivas pruebas de solvencia – …

Cuando se trata de pruebas de solvencia, al final es una cuestión del arrendador y el arrendatario. Dado que no existe una cantidad determinada, y el concepto “clausula abusiva” es difícil de aplicar entre particulares, no existe legislación específica en la cuestión. Al ser el arrendador el que decide el arrendatario, este tendrá que presentar los avales, nominas o declaraciones de renta que le sean exigidos si quiere alquilar la vivienda.

 

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