El impuesto de transmisiones patrimoniales

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

Uno de los principales fundamentos de la salud financiera de una familia o empresa es el pago de impuestos. Sin ellos, la sociedad actual no podría sobrevivir. En este contexto, la principal fuente de financiación de un estado recae sobre su recaudación. En nuestro caso es la Agencia Tributaria quien se encarga de su gestión.

En España existen dos tipos de impuestos: los impuestos directos y los indirectos.

Impuestos directos

Recaen sobre las personas físicas o jurídicas teniendo en cuenta su capacidad económica. Algunos de ellos son el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto de Sucesiones.

Impuestos indirectos

Se aplican al consumo sin tener en cuenta el contexto económico del contribuyente. Por ejemplo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Pero, si analizamos la diversidad de acciones sujetas a este impuesto, ¿cómo afecta a la compraventa de bienes inmuebles?

 

¿Qué es el impuesto de transmisiones patrimoniales?

Comprar una vivienda es una de las decisiones más importantes que se toman en la vida. Durante este proceso, se deben tener en cuenta diferentes factores. Y sí, no solo debemos tener en consideración el precio del inmueble. También debemos contemplar los impuestos a pagar a Hacienda. En este escenario, al realizar una transacción entre la parte compradora y la vendedora de una vivienda de segunda ocupación se deberá tributar por el Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales. Este impuesto lo indicia cada comunidad autónoma y en la actualidad, Cantabria, Galicia y Valencia son las autonomías más caras.

 

¿Quién paga el impuesto de transmisiones patrimoniales?

 

El valor de referencia catastral de un inmueble es el determinado anualmente por la Dirección General del Catastro como resultado del análisis de los precios de las compraventas de inmuebles realizadas ante fedatario público, en función de las características catastrales de cada una.

 

Desde el inicio de 2022 hemos experimentado diferentes cambios en el sector inmobiliario. En este escenario, el 1 de enero empezó a ser efectivo el nuevo valor de referencia del catastro. Una modificación que afecta directamente a la forma de calcular la base imponible de tributos como el ITP.

 

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¿Cómo calcular el impuesto de transmisiones?

 

Desde entonces el valor de mercado se calcula con relación a los precios de las transacciones del inmueble. Este se determina ante notario en función de los atributos de cada propiedad. La información es extraída de Notarios y Registradores y a su vez, la base imponible de dicho impuesto será aprobada por el Catastro. Es decir, el contribuyente no pagará impuestos por lo que le ha costado la vivienda sino por su valor de mercado. En este sentido, ya es pasado que Hacienda realice inspecciones de comprobación para asegurarse de la correcta tributación del valor de la vivienda que se ha vendido, donado o heredado.

 

Diferentes asesores fiscales han denunciado durante estos meses las afectaciones que están sufriendo un importante porcentaje compraventas. En este contexto, diferentes contribuyentes se encargan de comprobar el valor de referencia antes de cerrar una transacción. Desde donpiso recomendamos revisar anualmente el valor de referencia asignado. En teoría, según la normativa catastral, el valor no puede ser superior al valor de mercado. No obstante, cada vez son más los contribuyentes que se muestra en desacuerdo con el valor impuesto por el catastro.

 

En este contexto, existen dos opciones para impugnarlo:

 

  • Tributar el valor escriturado y, más adelante, recurrir la liquidación que notifique cada comunidad autónoma. En el caso de que Hacienda no esté de acuerdo. Esta deberá demostrar que el valor no corresponde al del mercado.

 

  • La posibilidad de pagar el Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales en relación con el valor de referencia asignado por catastro y, posteriormente, rectificar la autoliquidación que se ha presentado.

 

En el supuesto caso de que el contribuyente sea quien alegue no estar de acuerdo con el valor de referencia deberá ser él quien contrate a un tasador para iniciar el proceso de impugnación, y, por ende, deberá asumir sus costes. Este hecho, provocará que muchos de los afectados acaben renunciando al procedimiento.

 

Desde que se informó de la implementación del cambio, donpiso ya alertó de que esta nueva forma de calcular la base imponible podrá tener consecuencias inflacionistas para el segmento del real estate. De hecho, según El Economista, las tasaciones que se están produciendo desde que se estableció este nuevo valor de referencia han experimentado un crecimiento del 60% con relación al precio que se encuentra en las escrituras. Es más, en algunos casos, la nueva tasación ha llegado a duplicar el valor de escrituración.

 

Si bien es cierto, las Haciendas autonómicas podrían incrementar la recaudación en todos aquellos casos que se han visto alterados por el nuevo valor referencial del catastro. No obstante, oficialmente no se trata de una subida de impuestos. Por lo tanto, desde donpiso aconsejamos adoptar una postura prudente y no extraer conclusiones alarmistas.

 

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