Las inmobiliarias podrán ofrecer préstamos para la adquisición de viviendas

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¿Sabías que dentro de poco no sólo las entidades financieras podrán ofrecerte financiación para adquirir una nueva vivienda? Y es que la nueva Ley Hipotecaria contempla que las inmobiliarias puedan ofrecer préstamos para comprar un inmueble en cualquier país de la Unión Europea (UE). Para este fin, el Anteproyecto de Ley sobre créditos inmobiliarios pretender dotar con el pasaporte comunitario a los intermediarios del sector inmobiliario, agentes y establecimientos financieros.

Esta nueva norma se ha llevado a cabo para actualizar la Directiva europea sobre hipotecas que data del año 2014 y acercar las competencias de las agencias a la de los bancos. Eso sí, se les exigirá estar incluidas en el registro y estarán bajo la supervisión del Banco de España. Sólo en el caso de que operen en una sola autonomía no estarían obligadas a registrarse a nivel estatal, sino que bastaría con la supervisión del gobierno autonómico en concreto.

Esencialmente, lo que la nueva ley pretende es proteger a los hipotecados, según afirma el Gobierno. De hecho, una de las medidas será la de ampliar diez días más el plazo máximo que tiene un cliente que firma un contrato hipotecario para oponerse a su ejecución, en el caso de que sospeche de la existencia de cláusulas abusivas. Según las resoluciones del Tribunal de Luxemburgo (TJUE), el período de un mes que figuraba hasta ahora era insuficiente.

Por otra parte, el nuevo texto suprime las comisiones por liquidar antes de tiempo la deuda hipotecaria, ya sea de manera total o parcial. A partir de ahora sólo se cobrará el importe de la pérdida financiera durante los primeros cinco años, la cual no podrá ser mayor al 0,25% del capital reembolsado en el primer lustro si es de tipo variable y, si es fijo, del 0,5% durante el mismo plazo, o al 0,35% hasta el séptimo año.

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