Las rentas de alquiler de viviendas arrendadas por empresas para empleados no pagarán IVA

alquiler de vivienda

Con el cambio de año también habrá muchos casos de españoles que deban de cambiar de residencia por motivos de trabajo. En algunos de estos casos es la propia empresa la que busca un nuevo domicilio a su empleado en su nueva destinación. ¿Sabías que el alquiler de las viviendas que las empresas arrendan para sus empleados como vivienda habitual no están obligadas a pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)? Eso sí, el contrato de alquiler debería incluir el nombre de la personas beneficiaria y la prohibición de subarrendar el piso, es decir, alquilarlo de nuevo a terceras personas. Esto es lo que se reconoció el pasado 15 de diciembre de 2016 en una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) como continuación de una resolución previa que databa del 8 de septiembre de 2016.

El TEAC además consideró que, a partir de la jurisprudencia de diversos Tribunales de Justicia, se debe aplicar una reducción del 60% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el arrendamiento de pisos destinados a vivienda cuando el que lo alquila es una persona jurídica, siempre que quede acreditado que el inmueble se destina a la vivienda habitual de una persona física.

Hasta el momento, la Dirección General de Tributos mantenía que el hecho de que figure como arrendataria en el contrato de arrendamiento una persona jurídica, determinaba que la operación estuviese sujeta y no exenta de IVA, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria (LGT).

Por otro lado, la Dirección General de Tributos en su consulta del 23 de mayo del 2002 ya había reconocido que la regulación de esta exención del pago contenida en el artículo 20.1.23º no era de carácter objetivo, sino finalista, por lo que dependía del uso de la edificación, siendo permitida la exención cuando el destino efectivo del objeto del contrato es el de residir en el inmueble pero no el de realizar cualquier actividad empresarial o profesional.

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